| Resolución | A-00023-2019 |
| Firmado | 2019-09-06T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento A/0023/2019, Dª. A.A.A. presentó una reclamación contra la entidad Voyage Privé España SL, denunciando la aceptación tácita de cookies en su sitio web. El reclamante alegó que al entrar en la página web de Voyage Privé, se indicaba que al seguir navegando se entendía implícito el consentimiento para aceptar las cookies, sin un mecanismo claro para su gestión o rechazo.
La entidad reclamada argumentó que su política de privacidad y cookies era clara y que seguían las recomendaciones de la CNIL, la autoridad supervisora de su principal establecimiento en Francia. Sin embargo, se observó que la página web no facilitaba un sistema de gestión o panel de configuración de cookies que permitiera al usuario eliminarlas por tipología, lo cual es necesario para cumplir con la normativa vigente.
La resolución concluyó que la entidad no había facilitado la información adecuada ni obtenido el consentimiento explícito del usuario para el uso de cookies, infringiendo así el artículo 22.2 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI). Esta infracción se consideró leve y, dado que no había constancia de perjuicios causados ni beneficios obtenidos, se decidió apercibir a la entidad.
Se requirió a Voyage Privé España SL que, en un plazo de un mes, adecuara su sitio web para ofrecer información clara sobre las cookies utilizadas y un sistema de gestión que permita al usuario configurar sus preferencias. Además, la entidad debía informar del cumplimiento de estas medidas, aportando los documentos necesarios para acreditarlo.