La AEPD apercibe a una comunidad de propietarios en Tenerife por exponer datos personales en el tablón de anuncios durante seis meses

Resolución A-00001-2018
Firmado 2018-04-04T00:00:00Z
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En el procedimiento A/00001/2018, se denunció que la Comunidad de Propietarios del Edificio B.B.B. en Santa Cruz de Tenerife había publicado en el tablón de anuncios de la comunidad, cerrado con llave y situado en una zona común, copias parciales de dos actas de juntas de propietarios. Estas actas incluían datos personales de la denunciante, como su nombre, apellidos, piso y letra, así como la cantidad adeudada. La denunciante alegó que estos datos se mantuvieron expuestos durante más de seis meses, lo cual vulneraba su derecho a la protección de datos.

La denuncia se basó en que la exposición de estos datos en un lugar accesible a terceros no estaba justificada y no cumplía con los requisitos legales establecidos en la Ley de Propiedad Horizontal. Según esta ley, la exposición de datos en el tablón de anuncios solo es válida como último recurso después de intentar notificar al propietario en su domicilio y debe incluir una diligencia firmada por el secretario de la comunidad y el presidente, indicando la fecha y los motivos de la notificación.

La resolución determinó que la comunidad de propietarios había infringido el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que obliga al secreto profesional respecto a los datos personales y al deber de guardarlos. La infracción se tipificó como grave según el artículo 44.3.d) de la LOPD.

Dado que la comunidad no había sido sancionada previamente y se consideró que la infracción era leve, se decidió aplicar un procedimiento de apercibimiento en lugar de una sanción. Se requirió a la comunidad que retirara la hoja del acta de la junta de 14/02/2017 del tablón de anuncios y que informara del cumplimiento de esta medida en un plazo de un mes. Se advirtió que, en caso de no cumplir con el requerimiento, podría incurrir en una infracción sancionable según la LOPD.