Informe Jurídico de la AEPD sobre el Proyecto de Orden de Permiso de Conducción Clase A: Prioridad en la protección de datos personales y alineación con el RGPD y LOPDGDD

Informe 2024-0052
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Resumen del Informe Jurídico de la AEPD sobre el Proyecto de Orden sobre Permiso de Conducción Clase A (Expediente 2024-0052)

El Gabinete Jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha emitido un informe sobre el proyecto de orden que regula la formación para obtener el permisos de conducción de la clase A (motocicletas), en cumplimiento del artículo 5.4 del Reglamento General de Conductores (RD 818/2009). Este proyecto deroga la anterior Orden INT/2323/2011 y introduce cambios significativos en la formación teórica y práctica, como el aumento de horas de circulación en vías abiertas, un enfoque preventivo en la enseñanza y la obligación del uso de airbag en el equipamiento de los alumnos.

Ámbito Legal y Competencias
El proyecto se enmarca en las competencias del Ministerio del Interior y la DGT, que regulan:
La expedición de permisos de conducción (art. 5 LSV).
La autorización y supervisión de centros de formación (art. 6 LSV).
La inspección y auditoría de estos centros para garantizar la calidad formativa.

Protección de Datos en la Formación
El informe destaca que el proyecto implica el tratamiento de datos personales (asistencia de alumnos, verificación de cursos, certificados), por lo que debe ajustarse al RGPD (Reglamento UE 2016/679) y a la LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018). Se identifican los siguientes tratamientos:
Verificación de asistencia (art. 5): Uso de sistemas como firmas electrónicas o registros, que deben cumplir con la normativa de protección de datos.
Certificados de aprovechamiento (art. 7): Incluyen datos como nombre, apellidos y DNI/NIE, por lo que se recomienda minimizar la información para evitar excesos.
Control e inspección (art. 8): La DGT y entidades autorizadas podrán acceder a documentación (asistencia, locales, vehículos), pero solo con fines de supervisión, garantizando el principio de minimización de datos.

Recomendaciones de la AEPD
Incluir un artículo o disposición adicional que especifique que el proyecto se ajustará al RGPD y LOPDGDD, garantizando los derechos de los afectados.
Suprimir la expresión «al menos» en el art. 7 para evitar recopilar datos innecesarios en los certificados.
Garantizar la transparencia informando a los alumnos sobre el uso de sus datos (ej.: política de privacidad de las autoescuelas).
Medidas de seguridad para proteger los datos frente a accesos no autorizados (arts. 24+ RGPD).

Conclusión
El proyecto es coherente con la normativa de tráfico, pero debe integrar estrictamente los principios de protección de datos. La AEPD sugiere ajustes para asegurar el derecho fundamental a la privacidad de los alumnos y la legalidad de los tratamientos, especialmente en lo relativo a minimización de datos, seguridad y transparencia.

Fuente: AEPD (Expediente 2024-0052, Gabinete Jurídico).