La AEPD analiza en un informe jurídico los requisitos de protección de datos en la implementación de la Directiva (UE) 2023/970 sobre transparencia retributiva para garantizar el cumplimiento del RGPD

Informe 2024-0002
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Resumen del informe jurídico de la AEPD sobre la Directiva (UE) 2023/970 y su relación con la protección de datos

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha emitido un informe jurídico en el que analiza la transposición de la Directiva (UE) 2023/970, que refuerza el principio de igualdad retributiva entre hombres y mujeres. El objetivo principal es garantizar que cualquier tratamiento de datos derivado de esta normativa cumpla con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD).

Principales aspectos destacados en el informe
Objeto de la Directiva
La Directiva establece medidas de transparencia retributiva para combatir la discriminación salarial por razón de género. Entre sus disposiciones, el artículo 12 aborda específicamente la protección de datos personales, garantizando que el tratamiento de información retributiva cumpla con el RGPD.
Cumplimiento del RGPD
El RGPD se aplica directamente, ya que la Directiva implica el tratamiento de datos personales (retribuciones, identificadores, etc.).
Se subraya la importancia de los principios de limitación de finalidad (art. 5.1.b RGPD), minimización de datos (art. 5.1.c RGPD) y protección de datos por defecto (art. 25 RGPD).
La información retributiva solo podrá usarse para el fin de garantizar la igualdad salarial, evitando usos adicionales sin base legal.
Acceso a datos retributivos
En casos donde la divulgación de salarios pueda identificar a trabajadores, la Directiva permite que los Estados miembros limiten el acceso a:
Representantes de los trabajadores.
Inspección de trabajo.
Organismos de igualdad.
Esta medida busca proteger la privacidad de los empleados mientras se garantiza la transparencia necesaria para combatir desigualdades.
Seudonimización y minimización
Se recomienda aplicar técnicas de seudonimización para reducir riesgos de identificación indirecta.
Los datos solo deben ser accesibles para fines específicos, eliminando información innecesaria (ej.: salarios de trabajadores no relevantes).
Base jurídica para el tratamiento
La transposición nacional debe incluir una base legal clara (art. 6.1.c RGPD) para legitimar el tratamiento de datos.
La Directiva deja margen a los Estados para decidir cómo implementar estas medidas, por lo que España podría optar por un modelo restrictivo (ej.: acceso limitado).
Recomendaciones prácticas
El informe sugiere inspirarse en otras normativas recientes (como la Ley de Igualdad Retributiva o leyes antidiscriminación) que ya regulan tratamientos similares.
Se insiste en que la transposición debe ser proporcional y respetuosa con los derechos fundamentales, especialmente en sectores con alta sensibilidad de datos.

Conclusión
La AEPD recomienda que España, al transponer la Directiva, refuerce la protección de datos, garantizando que las medidas de transparencia retributiva no vulneren la privacidad. Además, sugiere que la norma incluya salvaguardas como la limitación de acceso a información identificable y el uso de técnicas como la seudonimización. El objetivo final es equilibrar la igualdad salarial con el derecho a la protección de datos, en línea con el RGPD.

El informe queda abierto a un posible dictamen ulterior según lo establecido en la LOPDGDD (art. 47) y el Estatuto de la AEPD.