| Informe | 2022-0075 |
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El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) analiza la conformidad de la comunicación de datos de identificación y localización de llamadas al número 092 de la Policía Local de Zaragoza con la normativa de protección de datos. Esta comunicación se realiza para mejorar la prestación del servicio de llamadas de emergencia.
La cesión de datos personales debe basarse en alguna de las bases jurídicas establecidas en el artículo 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). En este caso, la AEPD considera que la cesión se fundamenta en el cumplimiento de una obligación legal y en la protección de intereses vitales, conforme a los apartados c) y d) del artículo 6.1 del RGPD.
La Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones (LGTel), habilita la cesión de datos para la prestación de servicios de emergencia. Esta ley establece que los operadores de servicios de comunicaciones deben suministrar información pertinente para la prestación de servicios de información sobre números de abonados y guías accesibles al público. Además, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) debe suministrar gratuitamente estos datos a las entidades que presten servicios de llamadas de emergencia.
La legislación estatal y autonómica también respalda esta cesión de datos. La Ley 17/2015, del Sistema Nacional de Protección Civil, y el Real Decreto 903/1997, que regula el acceso al servicio de atención de llamadas de urgencia a través del número 112, establecen la obligación de colaborar en la protección civil y la prestación de servicios de emergencia. En Aragón, la Ley 30/2002, de Protección Civil y Atención de Emergencias, complementa estas disposiciones.
La Orden CTE/711/2002, de 26 de marzo, regula el suministro de datos sobre abonados a la CNMC, que a su vez los facilita a las entidades que presten servicios de llamadas de urgencia. Esta orden especifica que los datos deben ser utilizados exclusivamente para la prestación de servicios de atención de llamadas de urgencia.
En resumen, la cesión de la Base de Datos de Abonados Telefónicos a los Servicios de Emergencias 112 del Ayuntamiento de Zaragoza, a través de su Policía Local, se considera conforme con la normativa de protección de datos. Esta cesión está legitimada por el cumplimiento de obligaciones legales y la protección de intereses vitales, conforme a los apartados c) y d) del artículo 6.1 del RGPD. Además, se garantiza el respeto a la legislación vigente en materia de protección de datos, cuya salvaguardia corresponde a la AEPD.