La AEPD advierte al Gobierno sobre los riesgos de privacidad en el nuevo Real Decreto de aguas de consumo humano y exige reforzar la protección de datos en el SINAC

Informe 2021-0076
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**Resumen del informe jurídico de la AEPD sobre el proyecto de Real Decreto de aguas de consumo humano (Referencia: 2021-0076)**

El proyecto de **Real Decreto**, que integra y sistematiza la normativa sobre aguas de consumo humano en España, tiene dos objetivos principales: **proteger la salud pública** mediante la garantía de que el agua sea salubre y **facilitar el acceso al agua potable** en todo el territorio nacional. Además, incorpora las exigencias de la **Directiva (UE) 2020/2184**, que refuerza los estándares de calidad del agua destinada al consumo humano y a usos industriales en la industria alimentaria. El texto también incluye posibles exenciones para operadores que utilicen fuentes propias de agua, siempre que cumplan con los principios de seguridad alimentaria (*Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control*).

### **Tratamiento de datos personales y protección jurídica**
El informe de la **Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)** analiza el posible impacto en la privacidad derivado del **Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo (SINAC)**, regulado en el Anexo IX del proyecto. Este sistema requiere:
– El registro de **usuarios profesionales**, incluyendo datos como **nombre, apellidos y DNI**, lo que implica el **tratamiento de datos personales**.
– La comunicación de estos datos por parte de entidades públicas y privadas, las comunidades autónomas y el **Ministerio de Sanidad**.

La AEPD destaca que estos tratamientos deben ajustarse al **Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)** y a la **Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD)**, vigentes en España. Además, recuerda que la **seguridad de la información** es solo una parte de la protección de datos, y que esta última abarca derechos y obligaciones más amplios, regulados y supervisados por autoridades independientes como la AEPD.

### **Recomendaciones clave**
1. **Incluir un apartado específico sobre protección de datos**, modificando las referencias normativas para aclarar que el RGPD y la LOPDGDD son de aplicación directa.
2. **Garantizar la exclusión de datos personales** en la información facilitada a los consumidores, especialmente cuando sea solicitada al **Ministerio de Sanidad**. El informe celebra que el proyecto excluya explícitamente datos personales en este caso, pero recomienda aplicar esta medida en **todos los supuestos de solicitud de información**, no solo en el dirigido al Ministerio.
3. **Regular el tratamiento de datos** como el **nombre del solicitante y su organismo**, que también implica el manejo de información personal y debe cumplir con la normativa vigente.

### **Conclusión**
El informe de la AEPD valora positivamente que el proyecto de Real Decreto **incorpore mecanismos para excluir datos personales** en la información sobre calidad del agua, alineándose con el principio de **minimización de datos** del RGPD. Sin embargo, subraya la necesidad de **armonizar todas las solicitudes de información** para evitar la difusión inadvertida de datos personales y recuerda la obligación de que todos los tratamientos de datos cumplan estrictamente con la normativa de protección de datos.

En definitiva, el texto debe garantizar que la **transparencia en la información sobre el agua** no vulnere el **derecho fundamental a la protección de datos**, combinando así la seguridad sanitaria con el respeto a la privacidad de los ciudadanos.