| Informe | 2018-0048 |
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El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) analiza un proyecto de normativa que regula el uso de radiaciones ionizantes en el ámbito médico. El proyecto tiene como objetivo establecer principios básicos de justificación y optimización en el uso de estas radiaciones, así como trasponer al derecho español la Directiva 2013/59/Euratom.
El informe destaca que el proyecto debe ser sometido al previo informe de la AEPD, según lo dispuesto en las normas correspondientes. El objeto del proyecto es regular las exposiciones a radiaciones ionizantes para la protección radiológica de las personas, incluyendo pacientes, trabajadores, personas en programas de cribado sanitario, participantes en investigaciones médicas y cuidadores.
En cuanto a la protección de datos, el informe señala que los datos contenidos en la historia clínica de los pacientes tienen el carácter de datos relativos a la salud, según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). El acceso a estos datos por parte de los profesionales sanitarios está amparado por la normativa de protección de datos, siempre que se cumplan las condiciones y garantías establecidas.
El proyecto establece que los profesionales sanitarios deben obtener información diagnóstica anterior y otros datos médicos pertinentes para evitar exposiciones innecesarias a radiaciones ionizantes. Además, el titular del centro sanitario tiene la obligación de implantar un sistema de registro y análisis de sucesos que conlleven o puedan conllevar exposiciones médicas accidentales o no intencionadas.
El informe señala que el tratamiento y la cesión de datos en caso de sobreexposición también podrían considerarse amparados por el RGPD, siempre que se respete el principio de minimización de datos, que establece que los datos deben ser adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados.
En consecuencia, la AEPD informa favorablemente sobre el proyecto, con la consideración de que se debe tener particularmente en cuenta el principio de minimización de datos en relación con el registro y comunicación de supuestos de sobreexposición.