La AEPD rechaza la publicación de datos personales de aspirantes a profesorado en Navarra sin consentimiento explícito

El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) con número 0265/2017 aborda una consulta relacionada con la publicación de datos personales de aspirantes a puestos de profesorado en centros concertados de Navarra. El Departamento de Educación de Navarra propone que los centros concertados publiquen los resultados de la selección de profesorado, incluyendo los nombres y puntuaciones de los aspirantes, en sus páginas web y en las de las patronales correspondientes, con un enlace desde la página del Departamento de Educación.

La AEPD analiza la base jurídica de esta propuesta, destacando que la publicación de estos datos constituye una cesión o comunicación de datos personales, según lo definido en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). La LOPD establece que los datos personales solo pueden ser comunicados a un tercero con el previo consentimiento del interesado, salvo en casos específicos, como cuando la cesión está autorizada por ley o cuando el tratamiento responde a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica.

El informe concluye que no existe una ley que ampare directamente la publicación de los aspirantes y sus resultados, y que la argumentación de la administración educativa de Navarra sobre la aplicación del artículo 11.2.c) de la LOPD no es atendible. Este artículo permite la cesión de datos sin consentimiento cuando el tratamiento es necesario para el desarrollo, cumplimiento y control de una relación jurídica, pero la administración no justifica adecuadamente la necesidad de dicha cesión ni la finalidad que la justifica.

Además, la AEPD rechaza la idea de un consentimiento tácito por parte de los aspirantes, argumentando que el consentimiento debe ser inequívoco y revocable en cualquier momento. La administración también sostiene que el uso de fondos públicos convierte el procedimiento de selección en público, pero la AEPD aclara que los contratos de profesorado en centros concertados siguen siendo de naturaleza privada y sujetos al Estatuto de los Trabajadores.

En resumen, la AEPD considera que la propuesta del Departamento de Educación de Navarra no cumple con los requisitos de la LOPD para la cesión de datos personales sin consentimiento, y que cualquier publicación de datos de aspirantes debe contar con el consentimiento explícito y revocable de los interesados.

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