AEPD Aclara Normativa sobre Publicación de Beneficiarios de Becas y Ayudas Específicas: Protección de Datos y Transparencia en la Administración Pública

El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) con referencia 0240/2017 aborda la consulta sobre la publicación de relaciones de beneficiarios de becas destinadas a alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. La consulta se plantea en el contexto de un procedimiento de declaración de infracción de las Administraciones Públicas, específicamente en relación con la convocatoria de becas y ayudas al estudio para el curso 2015-2016 y 2017-2018.

El informe distingue entre «publicación» y «publicidad», aclarando que la publicación en la página web del Ministerio de Educación no es indispensable para la notificación de la resolución administrativa, ya que las becas se conceden de forma directa y no mediante un procedimiento de concurrencia competitiva. La notificación debe realizarse de manera individualizada, respetando la protección de datos personales y evitando el acceso indiscriminado a información sensible.

En cuanto a la publicidad activa, la AEPD subraya que los datos de salud, como los relacionados con discapacidades o trastornos graves de conducta, están especialmente protegidos y no pueden ser publicados sin medidas de disociación que impidan la identificación de los interesados. La normativa de transparencia y protección de datos establece que la publicidad activa no puede incluir datos especialmente protegidos, incluso con el consentimiento del afectado.

El informe también aborda la diferencia entre becas de carácter general y ayudas específicas para estudiantes con necesidades educativas especiales. En el caso de las becas generales, se considera aceptable la publicación de la resolución administrativa con ciertas identificaciones, siempre que se respeten las normas de protección de datos. Sin embargo, para las ayudas específicas, cualquier publicación debe garantizar la disociación de los datos personales para proteger la intimidad y salud de los beneficiarios.

En resumen, la AEPD recomienda que la notificación de la resolución administrativa se realice de manera individualizada y que la publicidad activa de las ayudas específicas se haga sin identificar a los beneficiarios, respetando así la normativa de protección de datos y transparencia.

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