| Informe | 2016-0191 |
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Resumen del informe jurídico de la AEPD (2016-0191)
El informe dictaminado por el Gabinete Jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) analiza la legalidad del acceso del Tesorero Municipal al expediente de nóminas de los empleados municipales para verificar la correcta aplicación de las retenciones fiscales (IRPF, Modelo 111).
Contexto normativo:
La Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), considera datos personales cualquier información relativa a personas físicas identificadas o identificables (art. 3.a). Por tanto, el expediente de nóminas contiene datos protegidos, y su comunicación al Tesorero implica una cesión de datos (art. 3.i LOPD), definida como la revelación a un tercero distinto del interesado.
Requisitos para la cesión de datos:
Según el artículo 11 LOPD, la cesión requiere:
Consentimiento del afectado (art. 11.1), exceptuado en casos como el presente.
Autorización legal expresa (art. 11.2.a), que sería el supuesto aplicable.
Base legal para el acceso del Tesorero Municipal:
El informe fundamenta la legalidad del acceso en dos normas:
Real Decreto Legislativo 2/2004 (Texto Refundido de Haciendas Locales):
El artículo 196.1 enumera las funciones del Tesoro Municipal, incluyendo la recaudación de derechos y pago de obligaciones, así como la centralización de fondos.
Estas funciones implican verificar el cumplimiento de obligaciones tributarias, como las retenciones de IRPF.
Real Decreto 1174/1987 (régimen de funcionarios locales):
El artículo 5 establece que la función de tesorería incluye el manejo y custodia de fondos y valores, así como la ejecución de pagos, incluyendo aquellos relacionados con retenciones tributarias.
El artículo 6.2 y el 18.1 asignan al Tesorero la responsabilidad administrativa sobre estas funciones, vinculadas al cumplimiento de obligaciones fiscales accesorias (ej.: presentación del Modelo 111).
Conclusión:
El acceso del Tesorero a los expedientes de nóminas para verificar las retenciones del IRPF está amparado por una norma con rango de Ley (Real Decreto Legislativo 2/2004), que habilita expresamente dicha cesión sin necesidad de consentimiento individual. Este acceso es necesario para que el Tesorero cumpla con sus funciones legales, como garantizar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales, evitando incumplimientos formales.
Límites:
La finalidad debe limitarse a la verificación de retenciones fiscales para el pago material de obligaciones tributarias.
No se consideran necesarios otros datos personales no relacionados con esta función.
Las normas internas del Ayuntamiento deben alinearse con estos principios, debiendo designar al Tesorero como responsable del tratamiento de los datos en este contexto específico.
En resumen, el informe avala el acceso del Tesorero Municipal a los datos salariales para cumplir con sus obligaciones legales en materia tributaria, en virtud de una habilitación normativa expresa.