El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se refiere a la revisión de un Proyecto de Orden que modifica el Anexo II del Real Decreto 1088/2005, el cual establece los requisitos técnicos y condiciones mínimas para la hemodonación y los centros y servicios de transfusión. Este proyecto tiene como objetivo incorporar al derecho español las disposiciones de la Directiva 2014/110/UE de la Comisión, que modifica el Anexo III de la Directiva 2004/33/CE en relación con los criterios de exclusión temporal de donantes de sangre homólogos para el virus del Nilo Occidental.
El Gabinete Jurídico de la AEPD ha examinado el contenido del Proyecto y ha concluido que no presenta problemas legales en lo que respecta a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 1720/2007. Por lo tanto, se emite un informe favorable al Proyecto de Orden.
La AEPD, en cumplimiento de sus funciones establecidas en los artículos 37 h) de la Ley Orgánica de Protección de Datos y 5 b) del Estatuto de la Agencia, aprobado por el Real Decreto 428/1993, ha realizado un análisis exhaustivo del Proyecto. Este análisis se centra en asegurar que las modificaciones propuestas no vulneren las normativas vigentes en materia de protección de datos personales.
En resumen, el informe jurídico de la AEPD concluye que el Proyecto de Orden que modifica el Anexo II del Real Decreto 1088/2005 es conforme con la legislación española en materia de protección de datos. La incorporación de las disposiciones de la Directiva 2014/110/UE no plantea problemas legales significativos, por lo que se recomienda su aprobación. Este informe subraya la importancia de mantener la protección de datos personales en el ámbito de la hemodonación y transfusión, asegurando que las nuevas regulaciones se alineen con las normativas existentes.