El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) analiza el Anteproyecto de Ley de reforma del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este informe se centra en la aplicación de las normas de protección de datos de carácter personal, sin enjuiciar la idoneidad y proporcionalidad de las medidas establecidas en el Anteproyecto, salvo desde la perspectiva de la protección de datos.
El Anteproyecto introduce reformas en cuatro áreas principales: la revisión de los límites de la copia privada, la transposición de nuevos plazos establecidos en la Directiva 2011/77/UE, el establecimiento de un régimen detallado para las entidades de gestión, y el reforzamiento de las medidas de garantía y protección de los derechos de propiedad intelectual.
El informe destaca que las normas contenidas en el Anteproyecto implican habilitaciones legales para el tratamiento o comunicación de datos de carácter personal. La AEPD subraya que la mera adopción de una norma con rango de Ley no es suficiente para habilitar un tratamiento o cesión de datos, sino que debe analizarse si dicha previsión es conforme y respetuosa con el derecho fundamental a la protección de datos, consagrado en el artículo 18.4 de la Constitución.
El informe se centra en dos supuestos específicos relacionados con las diligencias preliminares para la identificación de prestadores de servicios de la sociedad de la información y usuarios que vulneren derechos de propiedad intelectual. En el primer caso, se refiere a la identificación de prestadores de servicios, que no se encontraría sometida al régimen de la Ley Orgánica 15/1999, dado que la información tiene por objeto la identificación del prestador en su actividad empresarial. En el segundo caso, se refiere a la identificación de usuarios, donde se debe analizar si la excepción legal derivada del establecimiento de dicha regla resulta ajustada a los principios que configuran el núcleo esencial del derecho fundamental a la protección de datos.
La AEPD también analiza la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha señalado la necesidad de establecer un justo equilibrio entre los derechos de propiedad intelectual y el derecho fundamental a la protección de datos. Este equilibrio debe basarse en una interpretación de las Directivas que garantice la proporcionalidad de las medidas adoptadas.
Finalmente, el informe hace recomendaciones específicas para garantizar la conformidad de las medidas previstas en el Anteproyecto con la normativa de protección de datos. Estas recomendaciones incluyen la clarificación de los supuestos en los que se pueden recabar ciertos datos, la especificación de que la información no comprenderá datos tratados exclusivamente a los efectos de la Ley 24/2007, y la extensión de ciertas previsiones a los datos de los usuarios de los servicios de la sociedad de la información.