AEPD Valida Proyecto de Orden del Tablón Edictal del SEPE y Subraya la Importancia de la Protección de Datos y el Acceso Universal

El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) analiza el Proyecto de Orden que regula el Tablón Edictal del Servicio Público de Empleo Estatal (TESEPE) y la creación del fichero de datos personales asociado. Este proyecto se enmarca en la Disposición Adicional tercera del Real Decreto-ley 10/2011, que establece las notificaciones electrónicas de actos administrativos en el ámbito del Servicio Público de Empleo Estatal.

El informe destaca varios puntos clave:

1. **Objeto y Alcance del Proyecto**: La norma busca desarrollar las disposiciones legales sobre notificaciones electrónicas y la creación de un tablón edictal electrónico. Este tablón será el único medio de notificación edictal, sustituyendo a los métodos tradicionales como los boletines oficiales y tablones de anuncios.

2. **Acceso y Publicidad**: El acceso al Tablón Edictal será libre y gratuito, sin necesidad de identificación. Se implementará un sistema de búsqueda avanzada para localizar y recuperar edictos, con mecanismos para evitar la indexación automática por motores de búsqueda.

3. **Responsabilidad y Protección de Datos**: La Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal será la responsable del fichero de datos personales, mientras que los órganos emisores de los edictos serán responsables del contenido de los mismos. Se subraya la importancia de clarificar estas responsabilidades en el proyecto.

4. **Cesión de Datos**: La cesión generalizada de datos en el Tablón está amparada por la normativa vigente, siempre que se garantice el acceso universal y se eviten usos indebidos. Se prohíbe la indexación por motores de búsqueda y se limita la conservación y tratamiento de datos relacionados con edictos de contenido sancionador.

5. **Plazo de Conservación**: Los edictos permanecerán accesibles durante 20 días naturales, y durante tres meses adicionales para consulta. Este plazo se considera adecuado para garantizar el acceso del interesado y cumplir con la normativa de protección de datos.

6. **Contenido del Fichero**: La disposición adicional segunda del proyecto define el contenido del fichero Tablón Edictal del Servicio Público de Empleo Estatal, cumpliendo con los requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica 15/1999 y su reglamento de desarrollo.

En resumen, el informe de la AEPD valida el Proyecto de Orden, destacando la necesidad de clarificar las responsabilidades en materia de protección de datos y garantizar el acceso universal al Tablón Edictal, al tiempo que se protegen los derechos de los ciudadanos.

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