La AEPD Recomienda Aclaraciones en el Proyecto de Orden Ministerial sobre Promoción de la Donación de Células y Tejidos para Garantizar la Protección de Datos

El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se refiere a un Proyecto de Orden Ministerial que regula el procedimiento de autorización para la realización de actividades de promoción y publicidad de la donación de células y tejidos humanos. Este proyecto es sometido a la AEPD conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos y el Estatuto de la Agencia.

El objetivo del proyecto es establecer un procedimiento mediante el cual la Organización Nacional de Trasplantes autorice actividades de promoción y publicidad que superen el ámbito de una Comunidad Autónoma. Estas actividades deben realizarse de manera general, sin buscar un beneficio para personas concretas, y deben resaltar el carácter voluntario, altruista y desinteresado de la donación. Las entidades que deseen llevar a cabo estas actividades deben solicitar una autorización previa de las administraciones sanitarias competentes.

El informe destaca que el artículo 4 del Real Decreto 1301/2006, modificado por el Real Decreto-Ley 16/2012, establece las bases para la promoción y publicidad de la donación de células y tejidos. Sin embargo, este precepto ha sido objeto de recursos de inconstitucionalidad, lo que añade una capa de incertidumbre jurídica.

Además, el artículo 12.2 de la Directiva 2004/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo subraya la necesidad de que las actividades de promoción y publicidad se realicen sin ánimo de lucro y se atengan a las directrices legales establecidas por los Estados miembros.

El proyecto regula la documentación necesaria para solicitar la autorización de estas actividades y los criterios que la Organización Nacional de Trasplantes debe considerar para otorgar dicha autorización. Una de las disposiciones que plantea dudas es la relativa a la «toma de muestras para tipaje o análisis», que debe realizarse conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos y el Real Decreto 1720/2007.

El informe sugiere que, aunque la inclusión de esta previsión es correcta, sería conveniente aclarar a qué actividades específicas se refiere, especialmente dado que el proyecto excluye ciertas actividades de su ámbito de aplicación. Se recomienda especificar que la normativa de protección de datos debe aplicarse a la actuación posterior de la solicitante o advertir que en la recogida de muestras o tejidos se respetarán los principios de la legislación de protección de datos.

En resumen, el informe jurídico de la AEPD subraya la importancia de asegurar que las actividades de promoción y publicidad de la donación de células y tejidos se realicen conforme a la normativa de protección de datos, y sugiere aclaraciones y especificaciones para garantizar la correcta aplicación de estas normas.

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