La AEPD aprueba la modificación del libro de reclamaciones en transportes públicos para mejorar la protección de datos de los usuarios

El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se refiere a un Proyecto de Orden que modifica el modelo de libro de reclamaciones para los transportes públicos de viajeros por carretera. Este proyecto ha sido sometido a la AEPD para su informe preceptivo, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y el Estatuto de la Agencia.

El objetivo principal del proyecto es incluir una cláusula en el modelo de libro de reclamaciones que informe a los usuarios sobre varios aspectos clave relacionados con la protección de datos. Esta cláusula debe especificar la entidad responsable del fichero, la finalidad de la gestión de las reclamaciones, la autorización para la cesión de datos a la administración competente, y el ejercicio de los derechos de los usuarios ante la entidad responsable del fichero. Estas disposiciones están en línea con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999.

La AEPD hace referencia a una resolución anterior (Resolución 2346/2010) que abordaba la falta de una cláusula informativa en el modelo de reclamación. Esta resolución destacaba la necesidad de informar a los interesados sobre la existencia de un fichero de datos personales, la finalidad de la recogida de datos, los destinatarios de la información, el carácter obligatorio o facultativo de la respuesta, las consecuencias de la obtención o negativa de los datos, y los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

El informe subraya que la cláusula propuesta en el Proyecto de Orden es suficiente para cumplir con los requisitos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999. La AEPD considera que esta cláusula debe ser informada favorablemente, lo que implica que el Proyecto de Orden puede proceder con la inclusión de dicha cláusula informativa.

En resumen, el informe jurídico de la AEPD concluye que la modificación propuesta al modelo de libro de reclamaciones es adecuada y cumple con las normativas de protección de datos. La inclusión de la cláusula informativa es vista como un paso necesario para garantizar que los usuarios estén debidamente informados sobre el tratamiento de sus datos personales en el contexto de las reclamaciones en el transporte público por carretera.

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