El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se refiere al Proyecto de Orden que crea la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio de Justicia y sus Organismos Públicos. Este proyecto se enmarca en el desarrollo del Real Decreto 1164/2002, que regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico y el control de la eliminación de otros documentos administrativos.
El Gabinete Jurídico de la AEPD ha examinado el contenido del Proyecto y no ha encontrado observaciones específicas que deban realizarse respecto a su articulado. Sin embargo, se han hecho dos puntualizaciones importantes:
1. **Protección de Datos Personales**: Desde la perspectiva de la normativa sobre protección de datos, es crucial considerar lo establecido en el artículo 4.5 de la Ley Orgánica 15/1999. Este artículo establece que los datos personales deben ser cancelados cuando dejen de ser necesarios para la finalidad para la que fueron recabados y no deben conservarse en forma que permita la identificación del interesado durante un período superior al necesario. Además, se menciona el procedimiento regulado en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 para la autorización de conservación de datos para fines históricos, estadísticos o científicos.
2. **Independencia de la AEPD**: Desde el punto de vista formal, el Proyecto será aplicable a los documentos y series documentales producidos, conservados o reunidos por los Servicios Centrales del Ministerio de Justicia y los Organismos Públicos vinculados o dependientes del mismo. Sin embargo, se destaca la independencia de la AEPD, que no puede ser considerada integrada en el ámbito de aplicación del Proyecto. La AEPD es un Ente de Derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, actuando con plena independencia de las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones.
En resumen, el informe jurídico de la AEPD valida el Proyecto de Orden para la creación de la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos, pero subraya la necesidad de cumplir con la normativa de protección de datos y reconoce la independencia de la AEPD, que no se encuentra bajo la jurisdicción del Proyecto.