Acceso a Historias Clínicas del Hospital de la Defensa en Cartagena: Conformidad con la Ley de Protección de Datos y Mejora de la Asistencia Sanitaria

El Informe Jurídico 278/2008 del Gabinete Jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) aborda la conformidad del acceso al archivo de historias clínicas del Hospital General Básico de la Defensa en Cartagena, en virtud de un convenio de cesión al Servicio Murciano de Salud. Este acceso se realiza con el objetivo de mejorar la asistencia sanitaria de los pacientes asegurados del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) que optan por recibir atención del Servicio Murciano de Salud.

El informe analiza la documentación del convenio y del acta de la reunión de la Comisión de Seguimiento, concluyendo que el convenio implica la cesión del uso de instalaciones y equipos del hospital, así como el traspaso de personal civil al Servicio Murciano de Salud. Este servicio será el encargado de llevar a cabo las funciones de asistencia sanitaria en el hospital, manteniendo la clínica militar.

El acceso a los datos del fichero de historias clínicas se considera una cesión o comunicación de datos de carácter personal, conforme al artículo 3 i) de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos. Dado que estos datos incluyen información sobre la salud, la cesión está sujeta a lo establecido en el artículo 7.3 de la misma ley, que permite el tratamiento y cesión de estos datos solo cuando lo disponga una ley o el afectado consienta expresamente.

Sin embargo, el artículo 8 de la Ley Orgánica 15/1999 permite a las instituciones y centros sanitarios públicos y privados tratar datos de carácter personal relativos a la salud, de acuerdo con la legislación estatal o autonómica sobre sanidad. Además, la Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente, establece que la historia clínica es un instrumento fundamental para garantizar una asistencia adecuada al paciente, permitiendo el acceso a los profesionales asistenciales.

El informe también hace referencia a la Ley 16/2003 de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, que permite el intercambio electrónico de información clínica y de salud individual para garantizar la calidad de la asistencia sanitaria y la confidencialidad de la información. El Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, establece que no es necesario el consentimiento del interesado para la comunicación de datos personales sobre la salud entre organismos del Sistema Nacional de Salud cuando se realice para la atención sanitaria de las personas.

En conclusión, el acceso a los datos del fichero de historias clínicas del Hospital General Básico de la Defensa en Cartagena, en virtud del convenio con el Servicio Murciano de Salud, se considera conforme a la Ley Orgánica 15/1999 y a la legislación vigente sobre protección de datos y sanidad. Este acceso está amparado por las normas citadas y se realiza con el objetivo de mejorar la asistencia sanitaria de los pacientes asegurados del ISFAS.

Deja un comentario

Responsable: PRIVTOOLS. Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la aceptación y publicación de tu comentario en esta página. Legitimación: Necesario para publicar y gestionar los comentarios. Datos: Nombre, email y un fragmento de la dirección IP. Destinatarios: Los datos no serán cedidos salvo obligación legal. Transferencias internacionales no están previstas. Derechos: podrás acceder, rectificar, limitar y suprimir tus datos escribiéndome a daniel(at)privtools.eu, así como presentar una reclamación ante una autoridad de control.