AEPD archiva procedimiento sancionador contra A.A.A. por falta de pruebas y respeto a la presunción de inocencia

Resolución PS-00116-2023
Firmado 2025-11-05T00:00:00Z
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En el expediente N.º EXP202208134, se investigó a A.A.A. por presuntas infracciones relacionadas con el tratamiento ilícito de datos personales. La denuncia se originó a partir de una investigación policial sobre delitos contra el mercado de los consumidores, usurpación del estado civil y estafa a compañías suministradoras de gas y luz en España. Se descubrió que empresas de «call center» habían accedido y utilizado fraudulentamente bases de datos personales para engañar a clientes y cambiar sus proveedores de servicios.

La investigación policial reveló que ***EMPRESA.2, una fuerza de ventas de la comercializadora ***EMPRESA.1, había subcontratado a otras empresas para captar clientes de manera fraudulenta. Este modus operandi implicaba un presunto tratamiento ilícito de datos personales, lo que llevó a la apertura de un procedimiento sancionador contra A.A.A., quien era considerado el principal responsable de la organización investigada.

Sin embargo, durante el proceso, se determinó que una parte significativa de las diligencias de investigación se habían realizado fuera del plazo legal de instrucción. Además, el juzgado competente decretó el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones respecto a A.A.A. y otras empresas involucradas. Esto, sumado a la falta de pruebas suficientes que acreditaran la participación de A.A.A. en los hechos denunciados, llevó a la conclusión de que no se podían verificar los extremos necesarios para imputar una infracción administrativa.

Finalmente, se resolvió archivar el procedimiento sancionador incoado contra A.A.A. por la presunta infracción del artículo 5.1.a) del RGPD y por cuatro presuntas infracciones del artículo 6.1 del RGPD, tipificadas en el artículo 83.5 del RGPD. La decisión se basó en el respeto al derecho fundamental a la presunción de inocencia y en la falta de pruebas concluyentes que demostraran la participación de A.A.A. en los hechos investigados.