| Resolución | AI-00213-2024 |
| Firmado | 2025-10-25T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La decisión se refiere a una denuncia presentada el 22 de abril de 2024 contra Autocares Castilla y León, S.A. por la instalación de videocámaras en autobuses que prestan servicio público en Castilla y León. La denuncia alegaba que estas cámaras, parte de un Sistema Avanzado de Asistencia al Conductor (ADAS), se utilizaban para vigilancia y control en lugar de asistencia a la conducción. Además, se señalaba que las imágenes capturadas se almacenaban en servidores ubicados en Estados Unidos, lo cual podría infringir la normativa de protección de datos.
La investigación reveló que el sistema DriveCam, compuesto por dos cámaras (una enfocada al parabrisas y otra al interior del autobús), se activaba solo en caso de eventos específicos como frenazos bruscos o colisiones. Las imágenes capturadas se utilizaban para mejorar la seguridad y prevenir incidentes, y se almacenaban temporalmente en servidores en EE.UU., bajo el marco regulador EU-USA Data Privacy Framework, que garantiza un nivel adecuado de protección de datos.
La empresa había informado adecuadamente a los trabajadores y a la representación sindical sobre la instalación y funcionamiento del sistema, cumpliendo con las obligaciones de información previa y proporcionando medios para ejercer los derechos de protección de datos. Además, se habían implementado medidas de seguridad técnicas y organizativas para proteger los datos capturados.
Tras evaluar la documentación y las pruebas presentadas, se concluyó que no existían infracciones en el tratamiento de datos personales. La finalidad del sistema (seguridad y protección) era legítima y se alineaba con la normativa vigente, incluyendo el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD). Por lo tanto, se decidió archivar las actuaciones sin sanción.