AEPD archiva reclamación contra Vodafone por llamada comercial no solicitada debido a imposibilidad de identificar al responsable

Resolución AI-00051-2025
Firmado 2025-11-19T00:00:00Z
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El expediente N.º EXP202416931 se refiere a una reclamación presentada por A.A.A. contra Vodafone España, S.A.U. El reclamante denunció haber recibido una llamada comercial no solicitada el 26 de noviembre de 2024, a pesar de no haber prestado su consentimiento previo ni mantener relación contractual con la entidad promocionada. La llamada se realizó desde un número telefónico que, según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), pertenecía a Telefónica Móviles España, S.A.U.

Vodafone negó cualquier relación con la llamada y aseguró que el número no pertenecía a sus colaboradores. Además, indicó que la línea del reclamante estaba inscrita en su lista Robinson interna, lo que debería haber impedido la recepción de llamadas comerciales. Sin embargo, el número no aparecía en la lista Robinson oficial de ADigital.

Tras realizar investigaciones, se determinó que la llamada podría ser un caso de spoofing telefónico, donde terceras empresas suplantan la identidad de un número para realizar prácticas fraudulentas. No se pudo identificar al responsable real de la llamada, por lo que no se pudo atribuir la infracción a ninguna entidad específica.

Dado que no se pudo determinar el origen de la llamada no autorizada, se acordó el archivo de las actuaciones. La decisión se basa en la imposibilidad de identificar al responsable de la infracción, lo que impide la imposición de una sanción. La resolución se notificó a ambas partes y se hizo pública conforme a la normativa vigente.